Salud colectivo oferta especial Covid-19

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Con Helvetia Salud Global cuidamos tu salud diaria y el bienestar de toda tu familia a través de una amplia variedad de coberturas, desde medicina primaria, especializada y urgencia médica 24
horas a técnicas de diagnóstico y tratamiento, sin necesidad de incurrir en pagos adicionales ni
copagos.

– Asistencia sanitaria 24 horas
– Hospitalización médica y quirúrgica
– Sin copagos ni gastos adicionales
– 40.000 profesionales altamente cualificados
– Presente en todo el territorio nacional
– Libre elección de especialistas y hospitales
dentro del cuadro médico
– Más de 1.100 centros médicos
– Sin listas de espera
– Salud dental incluido.
– Minimo 5 personas ,
– Incluye a familiares tanto del empresario como de los trabajadores al mismo precio

Tarifa 2020

Prima asegurado/mes
0 – 59 años= 39€ sin copago
+ 60 años= 50€ 

– Podrán incorporarse trabajadores en cualquier momento.
– Sin copago.
– Salud dental ya incluido.
– Solo se aplicará los siguientes periodos de carencias:

– Parto: 8 meses
– Intervenciones quirúrgicas y hospitalización 3 meses.
– Tratamientos oncológicos 6 meses.
– Sin preexistencias salvo las siguientes:

La póliza cubre los siniestros producidos, manifestados o conocidos por los asegurados con
anterioridad a la entrada en vigor de la póliza, excepto las siguientes enfermedades graves:
Procesos Oncológicos, Esclerosis Múltiple, Epilepsia, Trastornos Bipolares, Depresión, Diabetes
Mellitus Tipo I, Obesidad Mórbida, Lupus Sistémico, Artritis Reumatoide, Espondilitis
Anquilopoyética, Distrofias Musculares, Cardiopatía Isquémica, Enfermedades
Cerebrovasculares, Insuficiencia Cardíaca, Miocardiopatías, Enfermedad Obstructiva Crónica,
Fibrosis Pulmonar, Colitis Ulcerosa, Enfermedad de Crohn, Hepatopatías Crónicas, Insuficiencia
Renal Crónica, Hemofilia, Sida y Pluripatología (aquellas que por si solas no se considerarían
enfermedades graves pero que unidas a otras pueden considerarse como tales).

Contratación Colectivo abierto a familiares

– En atención al empleado del Grupo Estevez, se considerarán las mismas condiciones de
coberturas y primas para la unidad familiar de todos los trabajadores siendo éstos
individualmente los tomadores de cada póliza.

Será condición indispensable que esté contratada la póliza de Colectivo previamente a la
puesta en marcha del colectivo abierto para los familiares.

¿PORQUE TU EMPRESA NECESITA UN
COLECTIVO DE SALUD?

Los seguros de salud son un elemento más de remuneración para tus empleados, ya que es uno de los beneficios sociales más valorados y apreciados por éstos, pero además con el amparo de la actual ley de IRPF, tienen una serie de ventajas para la empresa y para el trabajador, ya que:

1) No se considera retribución en especie los primeros 500€ que pague la empresa para cubrir la asistencia sanitaria del empleado, cónyuge e hijos. Esta situación maximiza y complementa el salario de los empleados.

2) Se convierte en un gasto deducible para las empresas en la declaración del Impuesto de Sociedades.

Ventajas para los trabajadores:

Resulta beneficioso para los trabajadores que su empresa contrate un seguro médico colectivo en lugar de hacerlo ellos, porque hasta los 500 € por persona asegurada (pudiendo además alcanzar a su cónyuge y descendientes) no se consideran rendimientos del trabajo y, por tanto, no hay retención. Ni siquiera hay que declararlo en el IRPF ya que según el artículo 46 del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, están exentos los rendimientos del trabajo en especie, correspondientes a las primas o cuotas satisfechas por las empresas a entidades aseguradoras para la cobertura de enfermedad.

Ventajas para el empresario:

Las empresas que ofrecen un seguro médico a sus empleados obtienen ventajas fiscales importantes. Se convierte en un gasto deducible para las empresas en la declaración del Impuesto de Sociedades. Pueden deducirse el 100 % del gasto abonado en concepto de seguro médico para los empleados. Este pago no se considera un rendimiento del trabajador.
Tampoco se imputa al empleado como pago en especie, salvo que la prima del empleado pagada al seguro exceda los 500 € al año, en cuyo caso sí tendrá esa consideración el importe que supere dicha cantidad. Destinar parte del presupuesto al seguro médico es un gasto menor que emplear ese dinero en un incremento del salario, y los empleados lo valoran más. Está demostrado que contratar pólizas colectivas de salud eleva la capacidad de la empresa para atraer y retener el talento, reduce el absentismo laboral, incrementa la productividad, mejora el ambiente laboral y la relación de la empresa con los trabajadores, eleva la motivación y el compromiso de los empleados, mejora la imagen corporativa, supone una herramienta de negociación salarial y, además, tiene beneficios fiscales.

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